El Tribunal de Ética y Disciplina de San Lorenzo resolvió suspender como socio a Néstor Ortigoza por el término de un año, al considerarlo “culpable de la comisión de las faltas tipificadas en el artículo 35 inciso 3, letras d) y h) del Estatuto” del club.
La decisión fue adoptada por unanimidad y establece que, durante ese período, el exfutbolista y exdirigente no podrá ejercer ninguno de los derechos que le corresponden en su condición de socio.
Según el fallo, Ortigoza fue encontrado responsable de faltas calificadas como muy graves, sancionadas con expulsión en los siguientes apartados del estatuto:
- d) Condena por autoridad competente o mala conducta notoria que ocasione perjuicio al club.
- h) Cualquier acción u omisión del socio contraria a la ley, al estatuto y a las resoluciones de la Asamblea de Representantes o de la Comisión Directiva, cuando tenga gran trascendencia pública.
El impacto público, clave en la sanción
El Tribunal consideró que existe trascendencia pública cuando una situación se difunde en los medios de comunicación, supera el ámbito interno de la institución y llega a conocimiento general. En este caso, la resolución se fundamentó en la circulación de videos vinculados a episodios de violencia familiar, que involucraron al exjugador y dirigente, generando un fuerte impacto mediático y social.
Alcance de la medida
Como consecuencia de esta resolución, Ortigoza quedará suspendido por un año, sin poder participar en actividades institucionales ni ejercer derechos políticos dentro del club. La sanción busca preservar la imagen y los valores históricos de San Lorenzo, según señalaron fuentes cercanas al proceso disciplinario.
El Tribunal de Ética y Disciplina de San Lorenzo resolvió suspender como socio a Néstor Ortigoza por el término de un año, al considerarlo “culpable de la comisión de las faltas tipificadas en el artículo 35 inciso 3, letras d) y h) del Estatuto” del club.La decisión fue adoptada por unanimidad y establece que, durante ese período, el exfutbolista y exdirigente no podrá ejercer ninguno de los derechos que le corresponden en su condición de socio.Según el fallo, Ortigoza fue encontrado responsable de faltas calificadas como muy graves, sancionadas con expulsión en los siguientes apartados del estatuto:d) Condena por autoridad competente o mala conducta notoria que ocasione perjuicio al club.h) Cualquier acción u omisión del socio contraria a la ley, al estatuto y a las resoluciones de la Asamblea de Representantes o de la Comisión Directiva, cuando tenga gran trascendencia pública.El impacto público, clave en la sanciónEl Tribunal consideró que existe trascendencia pública cuando una situación se difunde en los medios de comunicación, supera el ámbito interno de la institución y llega a conocimiento general. En este caso, la resolución se fundamentó en la circulación de videos vinculados a episodios de violencia familiar, que involucraron al exjugador y dirigente, generando un fuerte impacto mediático y social.Alcance de la medidaComo consecuencia de esta resolución, Ortigoza quedará suspendido por un año, sin poder participar en actividades institucionales ni ejercer derechos políticos dentro del club. La sanción busca preservar la imagen y los valores históricos de San Lorenzo, según señalaron fuentes cercanas al proceso disciplinario.
La Voz
