30/08/2026 13:12
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Naftas: un fallo judicial bonaerense obliga a que las petroleras le informen los aumentos al Gobierno Nacional

Naftas: un fallo judicial bonaerense obliga a que las petroleras le informen los aumentos al Gobierno Nacional

Un juzgado de La Plata declaró inconstitucional la resolución del Ministerio de Economía que eliminó la obligación de comunicar las subas previamente. El amparo lo impulsó el Centr

Un fallo judicial bonaerense obligó a que se informen previamente los aumentos de los combustibles al Ministerio de Economía. El Centro de Estudios para la Promoción de la Igualdad y la Solidaridad (Cepis) logró que la Justicia de la Provincia de Buenos Aires declare inconstitucional la resolución del Ministerio de Economía de la Nación que eliminó la obligación de que las petroleras le comuniquen, de manera previa, las subas en los surtidores.

Se trata de un amparo colectivo contra el Estado Nacional, tramitado en el Juzgado en lo Civil, Comercial y Contencioso Administrativo Federal N° 2 de La Plata, interinamente a cargo del juez federal Alejo Ramos Padilla, mediante el cual se declaró la nulidad de la resolución 717/25 del Ministerio de Economía Nacional, que en 2025 derogó la Resolución 314/16, de 2016, del entonces Ministerio de Energía y Minería de la Nación, dejando sin efecto así el 'Sistema en Línea de Información de Precios de Combustibles en Surtidor'.

La herramienta había sido implementada por el exministro de Energía Juan José Aranguren, con el objetivo de centralizar y transparentar la información de los valores de venta al público en las bocas de expendio de todo el país, facilitando así su comparación y promoviendo una mayor competencia en el mercado minorista.

La información tenía carácter público. Además, establecía un canal de denuncias para que los usuarios pudieran reportar la falta de actualización de datos o inconsistencias entre los precios informados y los efectivamente cobrados.

En 2025, se eliminó el 'Sistema en Línea de Información de Precios de Combustibles en Surtidor'. Foto: archivo

El Cepis cuestionó la legalidad, razonabilidad y transparencia de dicha política, señalando que la misma “genera un impacto económico significativo sobre la ciudadanía y los sectores productivos, sin garantizar instancias adecuadas de participación, información y control”, y “dejando que los precios se regulen por la oferta y la demanda”.

Según se desprende de la sentencia, señaló que “la medida provocaba un deliberado ocultamiento de los aumentos de los combustibles, vulnerando principios constitucionales vinculados a la protección de los consumidores, especialmente el derecho a la información”.

Al respecto, Ramos Padilla consideró que “la mera posibilidad de conocer el precio al arribar a una estación de servicio, o de consultar separadamente las plataformas que cada empresa decida ofrecer, no equivale funcionalmente a un sistema público, obligatorio, centralizado y comparable”.

Mientras tanto, en la Legislatura bonaerense avanza un proyecto para que se informen con 72 horas de anticipación las actualizaciones en los precios, que impulsa la diputada del massismo, Ayelén Rasquetti.

Al respecto, la Federación de Expendedores de Combustibles de la República Argentina (Fecra) advirtió que la iniciativa podría derivar en una crisis de desabastecimiento en las estaciones de servicio, similar a la registrada en octubre de 2023. La entidad argumentó que las petroleras les informan sus decisiones “cuando llega el camión o a las 00:00 horas de ese mismo día” y remarcó que “con 48 horas de anticipación es imposible”.

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