El Gobierno nacional confirmó que apelará el fallo judicial que ordenó poner en vigencia la Ley de Emergencia en Discapacidad y declaró inválido el artículo central del Decreto 681/2025, firmado por Javier Milei. La presentación se realizará ante la Cámara Federal de Apelaciones de San Martín.
La decisión judicial fue adoptada por el juez federal de Campana Adrián González Charvay, quien hizo lugar a un amparo colectivo presentado por familiares de personas con discapacidad y organizaciones del sector.
Desde la Casa Rosada sostienen que el fallo implica una “invasión de atribuciones” del Poder Judicial sobre facultades propias del Ejecutivo, en particular en lo referido a la administración del presupuesto y el equilibrio fiscal.
Qué resolvió la Justicia
El magistrado declaró inválido en todos sus aspectos el artículo 2 del DNU 681/2025, al considerar que contradice el procedimiento constitucional de promulgación de leyes previsto en el artículo 83 de la Constitución Nacional.
En su resolución, González Charvay sostuvo que el Ejecutivo “excedió de forma manifiesta sus facultades” al intentar suspender una ley aprobada por insistencia del Congreso y vigente por imperativo constitucional.
Cruce por el presupuesto
Uno de los puntos centrales del fallo fue el rechazo del argumento fiscal del Ejecutivo. El juez recordó que la Jefatura de Gabinete realizó más de 19 reasignaciones presupuestarias desde diciembre de 2023 y señaló que esa herramienta también podría utilizarse para aplicar la ley.
En el Gobierno discrepan con esa interpretación. Afirman que la emergencia requiere un respaldo financiero explícito que el Congreso no incorporó en el Presupuesto 2026 y advierten que reasignar fondos sin ese marco podría comprometer la sostenibilidad fiscal.
El Gobierno nacional confirmó que apelará el fallo judicial que ordenó poner en vigencia la Ley de Emergencia en Discapacidad y declaró inválido el artículo central del Decreto 681/2025, firmado por Javier Milei. La presentación se realizará ante la Cámara Federal de Apelaciones de San Martín.La decisión judicial fue adoptada por el juez federal de Campana Adrián González Charvay, quien hizo lugar a un amparo colectivo presentado por familiares de personas con discapacidad y organizaciones del sector.Desde la Casa Rosada sostienen que el fallo implica una “invasión de atribuciones” del Poder Judicial sobre facultades propias del Ejecutivo, en particular en lo referido a la administración del presupuesto y el equilibrio fiscal.Qué resolvió la JusticiaEl magistrado declaró inválido en todos sus aspectos el artículo 2 del DNU 681/2025, al considerar que contradice el procedimiento constitucional de promulgación de leyes previsto en el artículo 83 de la Constitución Nacional.En su resolución, González Charvay sostuvo que el Ejecutivo “excedió de forma manifiesta sus facultades” al intentar suspender una ley aprobada por insistencia del Congreso y vigente por imperativo constitucional.Cruce por el presupuestoUno de los puntos centrales del fallo fue el rechazo del argumento fiscal del Ejecutivo. El juez recordó que la Jefatura de Gabinete realizó más de 19 reasignaciones presupuestarias desde diciembre de 2023 y señaló que esa herramienta también podría utilizarse para aplicar la ley.En el Gobierno discrepan con esa interpretación. Afirman que la emergencia requiere un respaldo financiero explícito que el Congreso no incorporó en el Presupuesto 2026 y advierten que reasignar fondos sin ese marco podría comprometer la sostenibilidad fiscal.La Voz
