Bajan el pago a cuenta en planes de pago para impuestos adeudados

El Gobierno redujo el porcentaje del pago a cuenta para entrar en los planes de refinanciación de deudas por impuestos a los Bienes Personales y Ganancias.

La medida fue tomada por la Agencia de Recaudación y Control Aduanero (Arca), mediante la Resolución General 5681/25, que entra en vigencia desde el 1 de mayo.

Se trata de la flexibilización de los planes de pago, que busca mejorar el cumplimiento voluntario del pago de impuestos.

Según tipo de contribuyente, estos son los nuevos porcentajes de pago a cuenta:

  • Pequeños contribuyentes, micro y pequeñas empresas, entidades sin fines de lucro: 25% a 17%.
  • Medianas empresas – Tramo 1: 25% a 23%.
  • Medianas empresas – Tramo 2: 30% a 23%.
  • Demás contribuyentes: 35% a 28%.

Cómo adherirse y cuáles son los requisitos

Para adherirse, hay que ingresar al sistema “Mis Facilidades” en el sitio en Internet de Arca, seleccionando la opción “RG 5321 – Plan de Facilidades de Pago Permanente”.

Estos son los requisitos:

  • Tener domicilio fiscal electrónico constituido.
  • Haber presentado las declaraciones juradas.
  • CUIT activa.
  • CBU informada

Extensión de planes vigentes

Paralelamente, a través de la Resolución General 5680/25, la Arca extendió el plazo para adherirse a los planes de pago vigentes para micro, pequeñas y medianas empresas, entidades sin fines de lucro, contribuyentes del sector de salud y pequeños contribuyentes.

Es para las obligaciones vencidas y multas hasta el 31 de diciembre de 2024. Incluye deudas impositivas, de la seguridad social, retenciones, percepciones y tributos aduaneros.

La medida financia a tasas reducidas: 25% de la tasa resarcitoria para pequeños contribuyentes y 40% para medianas empresas.

Plazos de financiación:

  • Hasta 48 cuotas para micro, pequeñas empresas y similares.
  • Hasta 36 cuotas para medianas empresas.
  • Menor cantidad de cuotas (24 y 18) para retenciones y percepciones.

La adhesión se hace a través del sistema “Mis Facilidades” con Clave Fiscal y requiere tener CUIT activa, CBU informada, presentadas las declaraciones juradas y domicilio fiscal electrónico constituido.

El Gobierno redujo el porcentaje del pago a cuenta para entrar en los planes de refinanciación de deudas por impuestos a los Bienes Personales y Ganancias.La medida fue tomada por la Agencia de Recaudación y Control Aduanero (Arca), mediante la Resolución General 5681/25, que entra en vigencia desde el 1 de mayo.Se trata de la flexibilización de los planes de pago, que busca mejorar el cumplimiento voluntario del pago de impuestos.Según tipo de contribuyente, estos son los nuevos porcentajes de pago a cuenta:Pequeños contribuyentes, micro y pequeñas empresas, entidades sin fines de lucro: 25% a 17%.Medianas empresas – Tramo 1: 25% a 23%.Medianas empresas – Tramo 2: 30% a 23%.Demás contribuyentes: 35% a 28%.Cómo adherirse y cuáles son los requisitosPara adherirse, hay que ingresar al sistema “Mis Facilidades” en el sitio en Internet de Arca, seleccionando la opción “RG 5321 – Plan de Facilidades de Pago Permanente”. Estos son los requisitos:Tener domicilio fiscal electrónico constituido.Haber presentado las declaraciones juradas.CUIT activa.CBU informadaExtensión de planes vigentesParalelamente, a través de la Resolución General 5680/25, la Arca extendió el plazo para adherirse a los planes de pago vigentes para micro, pequeñas y medianas empresas, entidades sin fines de lucro, contribuyentes del sector de salud y pequeños contribuyentes.Es para las obligaciones vencidas y multas hasta el 31 de diciembre de 2024. Incluye deudas impositivas, de la seguridad social, retenciones, percepciones y tributos aduaneros.La medida financia a tasas reducidas: 25% de la tasa resarcitoria para pequeños contribuyentes y 40% para medianas empresas.Plazos de financiación:Hasta 48 cuotas para micro, pequeñas empresas y similares.Hasta 36 cuotas para medianas empresas.Menor cantidad de cuotas (24 y 18) para retenciones y percepciones.La adhesión se hace a través del sistema “Mis Facilidades” con Clave Fiscal y requiere tener CUIT activa, CBU informada, presentadas las declaraciones juradas y domicilio fiscal electrónico constituido.La Voz