La condena a un depravado virtual dejó una radiografía sobre cómo funciona el “grooming”
En las últimas horas se conocieron los fundamentos de la sentencia por los que Jonathan Exequiel López, un joven oriundo de Colonia Caroya de 25 años, fue condenado a la pena de 14 años de prisión tras reconocer, en juicio abreviado, que fue el autor de la comisión de 13 delitos en contra de la integridad sexual de mujeres menores y mayores de edad por medios telemáticos y virtuales.
La condena fue dictada por la Cámara 2ª en lo Criminal y Correccional, en sala unipersonal presidida por la jueza Inés Lucero, después de que López reconociera su responsabilidad en la comisión de los delitos de grooming, abuso sexual gravemente ultrajante continuado, coacción agravada, producción de material de pornografía infantil, promoción a la corrupción de menores de edad agravada, y facilitación de representaciones sexuales de menores de edad, entre otros.
Con los fundamentos, se conoció también la última palabra del condenado en las que supuestamente se mostró arrepentido de su conducta: “Asumo los hechos, me hago cargo. Está mal todo lo que hice y pido disculpas a las víctimas y familiares de ellas. Estoy arrepentido de todo lo que hice. Como padre, hermano e hijo entiendo a las víctimas, no sé lo que me pasó por la cabeza. Pido disculpas y perdón a todos. Estoy arrepentido de todo”.
Y añadió: “Quiero recuperar la libertad para estar con mi mamá, hijas y hermano. Nunca lo volvería hacer, no tengo palabras para explicar lo que hice, teniendo una linda familia”.
La fiscal de Cámara, Laura Battistelli, y el asesor promiscuo de los menores, Eduardo Caeiro, coincidieron en advertir sobre el potencial peligro que representa el acceso a internet en los niños y adolescentes de corta edad. “Es imposible el pleno control de internet por parte de los padres, es un enemigo mudo que hace de amigo y de enemigo. En este tipo de delito a través de telecomunicaciones, se habla de magnitud del daño, que se caracteriza por el anonimato y el aprovechamiento de la necesidad de éxito de las víctimas”, se lee entre los fundamentos de los acusadores.
Y la propia jueza Lucero le destinó un párrafo a la cuestión: “El uso de internet puede tornarse una herramienta peligrosa, especialmente para este grupo de personas que merecen una especial tutela en consideración a su desarrollo evolutivo, es decir, su vulnerabilidad. Son diversos los riesgos a los que se exponen los niños y adolescentes al navegar libremente en la web; tales como la exposición a material pornográfico, el abuso y corrupción de menores”.
Para la condena se tuvo en cuenta la jurisprudencia que sentaron las causas “Dávila” y “Carignano”, ésta última porque tenía como protagonista al extecladista de Trulalá, quien recibió 14 años de condena cuando se comprobaron sus abusos virtuales. Vale señalar que también en el caso de López jamás tuvo contacto físico ni presencial con sus víctimas y todo se consumó vía redes sociales y por internet.
Desde 2015 -cuando se produjeron sus primeros acosos virtuales- y hasta que fue detenido, López fue perfeccionando la manera con la que abordaba a sus víctimas y con la que lograba que accedieran a sus requerimientos de índole sexual. Utilizó un patrón común que consistió en utilizar un perfil femenino falso en la red Facebook desde la que abordaba a sus pequeñas víctimas para prometerles premios, participaciones en películas, y aprovechando los grupos de esa red social con muchos seguidores, por ejemplo, los dedicados a la serie Soy Luna, entre otras.
Para ganar el supuesto premio, la condición era enviar una o varias fotografías de las víctimas desnudas en distintas posiciones y, en algunos casos, haciéndole participar a otros hermanos o hermanas menores de edad. Entre las víctimas aparecen varias niñas de entre 7 y 11 años.
Como prueba de la confianza que intentaba ganar, López enviaba una fotografía de una niña sacando la lengua y mostrando los pechos y que, en teoría, era de la niña del perfil falso desde el que él interactuaba.
Pero con víctimas adolescentes, el recientemente condenado tuvo que apelar a amedrentamientos y amenazas. Les hacía creer que las estaba siguiendo, que era retirado de alguna fuerza de seguridad, y que estaba dispuesto a dañar a su familia si no accedían a sus requerimientos.
Finalmente, en el segmento de las víctimas mayores de edad y con la promesa de remuneraciones en el campo del modelaje, se hacía enviar variadas fotografías y videos de ellas en ropa interior.
En uno de los hechos, logró que una mujer le mostrara partes de su cuerpo semidesnudo bajo el falso pretexto de una preentrevista de trabajo virtual, a través de una videollamada. Cuando intentó reiterar la maniobra, un día más tarde, la joven se encontraba con su novio y se negó a una nueva videollamada. Fue cuando López la amenazó con subir el primer video a un grupo de Facebook con varios miles de seguidores. Y le pedía un video de la pareja teniendo sexo para no concretar la amenaza.
La especulación del fiscal Guillermo Monti que llevó adelante la investigación -y que fue felicitado en los fundamentos de la sentencia- es que puede haber más de 30 víctimas, aunque los hechos que finalmente llegaron a juicio fueron 13.
En uno de los dispositivos de almacenamiento del abusador virtual de Colonia Caroya, se encontraron 1.220 archivos de imagen; en otro, 300; y en un tercero, 509 y 87 videos. El trabajo de encontrar qué imagen o video había sido obtenido por las víctimas necesitó de la colaboración de numerosas áreas especializadas en delitos informáticos del Poder Judicial y del Ministerio Público Fiscal.